miércoles, 6 de junio de 2012

PLAN DE LA NACIÓN “SIMÓN BOLÍVAR” 2007-2013

          Las líneas estratégicas que se contemplan en el Plan Nacional “Simón Bolívar” 2007-2013 relacionadas con el ámbito educativo están enmarcadas principalmente al logro de la inclusión educativa en todos los niveles del sistema educativo, en especial al universitario, con el fin de garantizar la participación abierta y protagónica.
     A mi juicio toda sociedad moderna requiere de una transformación social y cultural, es por ello que dentro del Plan de la Nación “Simón Bolívar” 2007-2013 existen objetivos precisos en materia educativa como los establecidos en la segunda directriz de dicho plan denominada “La Suprema Felicidad Social”, el cual es una visión a largo plazo de la construcción de una estructura social incluyente, de un nuevo modelo social, productivo, socialista y humanista y en la que se plantean objetivos como la profundización de la universalización de la educación bolivariana , con lo cual se busca  extender la matrícula escolar sobre todo en aquellas poblaciones excluías además de garantizar la permanencia y prosecución en el sistema educativo. Esta acción a mi entender viene siendo adelantada por el gobierno nacional a través del otorgamiento de recursos permanentes a instituciones educativas como escuelas, liceos, universidades, etc.; además de la implementación de las misiones educativas como la Robinson, Sucre, Rivas, Cultura, Alma Máter, entre otras, que han posibilitado abrir el espectro de acceso a una gran cantidad de mujeres y hombres que anteriormente estaban excluidos del sistema educativo. El llevar la educación superior a las poblaciones excluidas se ha convertido en una alternativa segura y flexible para mujeres y hombres, a través de las denominadas aldeas universitarias, las cuales han llegado incluso a las poblaciones más apartadas y de menores recursos del país.
     Otros de los objetivos formulados en dicha directriz, viene a ser la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación al proceso educativo (II-3.4.7). Es de resaltar que existen acciones concretas y profundas como por ejemplo el lanzamiento del satélite “Simón Bolívar”, que sin duda ha repercutido en un mayor acceso en poblaciones más alejadas, además de los Infocentros y el despliegue del acceso a Banda ancha a través de la CANTV, en fin lo que se busca es democratizar el acceso a Internet en el país y reducir la brecha tecnológica.
     También se puede resaltar el impulso e importancia que el gobierno a través del Plan Nacional “Simón Bolívar” le otorga a la educación medioambiental, más aún en el marco de los fuertes efectos de la contaminación sobre el ambiente, problema que se agudiza cada vez más a nivel mundial. Particularmente  el Plan de la Nación “Simón Bolívar” expresa en el enfoque de la segunda directriz, específicamente en el apartado n: “La Educación ambiental debe permear todos los estratos sociales y todos los niveles educativos”. Así como fortalecerse en el marco de la educación bolivariana, conjuntamente con la identidad cultural, en la promoción de la salud y la participación comunitaria considerándose transversal permeando los procesos sociales. Esto significa la puesta en marcha de políticas educativas en materia ambiental de manera tal de fomentar en los venezolanos el deber moral de cuidar el entorno y preservar los recursos naturales, ya que no sólo pertenecen a quienes hoy los disfrutan, sino que también es propiedad de todas las generaciones futuras. Aunque esto no solamente se debe quedar en el territorio nacional, sino que debe expandirse a otras latitudes de manera de crear conciencia mundial referente al tema.
     De igual manera es de destacar que la importancia de promover la educación ambiental en el país, consiste en el generar compromiso en la población, para lograr en la medida posible, obtener agua potable para todas las viviendas, así como la recolección adecuada de aguas servidas, la protección de la biodiversidad, el logro de una agricultura más sana, el cuidado de los bosques, la preservación de áreas naturales, el consumo y la producción responsable, la protección de  la capa de ozono, la lucha contra el cambio climático, entre otros.
     Todos estos aspectos positivos si se quiere señalados anteriormente me conllevan a afirmar que el gobierno nacional a través de objetivos claramente establecidos en el Plan Nacional “Simón Bolívar” busca cumplir con los desafíos que en materia educativa se plantean,  además de la voluntad de hacer cumplir todas esas metas para lograr un mundo mejor, más incluyente, más participativo y más enfocado en el ser humano.

Licda. María Eugenia Madriz

Plan Canaima Educativo

Sin duda alguna, los seres humanos nos encontramos inmersos en una serie de cambios que coadyuvan o no en nuestro proceso de crecimiento y de formación, donde resulta esencial el formarnos de manera integral, de modo que nos permita desenvolvernos en cualquier escenario de la vida.

En este sentido, una alternativa al mundo del aprendizaje es fusionar contenidos con las tecnologías de información y comunicación y hacer de este proceso de instrucción un universo más completo donde sea partícipe la creatividad, la innovación, la cooperación y de esta manera producir un verdadero espacio de conocimientos.

En tal sentido, el plan Canaima educativo tiene por objetivo apoyar en la formación integral de las niñas y niños, mediante la dotación de una computadora portátil escolar con contenidos educativos a los maestros y estudiantes del subsistema de educación primaria, conformado por las escuelas públicas nacionales, estadales, municipales, autónomas y las privadas subsidiadas por el estado, tal como lo expresa el portal en línea.

Es conveniente señalar, que está a cargo del Ministerio del Poder Popular para la Educación, conjuntamente con el ministerio del poder para la Ciencia, Tecnología e industrias intermedias, es un proyecto del Gobierno Bolivariano de Venezuela. Donde son muchos los aspectos normativos que guardan relación con esta gran temática: Plan Canaima Educativo y la correspondencia con mi proyecto de investigación: “Comunidades de Aprendizaje y los términos claves en este proceso”.

En tal sentido, a mi juicio todo aquel aporte que pueda realizarse en búsqueda de ampliar o afianzar conocimientos es bien recibido y aún más cuando es fusionado con el área informática, debido a que hoy día la tecnología ha ocupado un sitial privilegiado en nuestro entorno. De hecho, en  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV 1.999); en los art. 108 y 110, establecen que el estado Venezolano es el responsable de garantizar servicios informáticos y que los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías y sus innovaciones, por ser instrumento fundamental para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la Seguridad y Soberanía Nacional.

Por consiguiente, se debe estar inmerso en este proceso de capacitación con base en las TIC´s, que es lo que se expresa en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (2007-2013), incorporar estas Tecnologías de Información y Comunicación en el proceso educativo. Lo que traerá consigo avances, pero es vital que tanto docentes como discentes no escapen a la preparación que debe existir perenne en cuanto a la actualización de saberes y manipulación de los nuevos recursos y/o herramientas existentes.

Otro aspecto de gran relevancia a considerar es que el Software Libre se ha convertido hoy día en el modelo a seguir en virtud de que se respetan las libertades de los usuarios y de la comunidad, donde existe la independencia de copiar, distribuir, estudiar, modificar y mejorar el software, controlando el programa y lo que hace y no que sea el ordenador quien controle al usuario. En tal sentido, en el Decreto Nro. 3.390 (2.004) se propone la utilización del mismo, desarrollado con estándares abiertos en la sociedad.

La Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación (2.005), por su parte en el artículo 1 expresa que debe prevalecer esos tres términos claves Ciencia, Tecnología e Innovación y su aplicabilidad. Y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA, 2008), en el artículo 73, señala que es el estado quien debe fomentar la creación, producción y difusión de diversos materiales informativos de alta calidad.

Por su parte, la Ley Orgánica de Educación (LOE 2009), establece en el artículo Nº 6, Numeral 3, literal e y el artículo 5, literal d, que es Competencia del Estado Docente: Planificar, ejecutar, coordinar políticas y programas para el uso y desarrollo de las tecnologías de la información y comunicación, para la independencia y cooperación de la investigación científica y tecnológica.

Resulta imposible entonces desligar las comunidades de aprendizaje, que es mi proyecto de investigación, debido a que se pretenden lograr verdaderos beneficios, permitiendo de tal modo un ambiente que se vea nutrido con los aportes e interacciones de todos, haciendo uso de las habilidades, conocimientos, nociones para engrandecer el proceso, que hoy día mediante estos mecanismos tecnológicos se va dejando a un lado la pasividad y va dando cabida a verdaderas actividades de superación, no aislados y con gran interacción, de igual manera reconociendo puedan existir comunidades de práctica donde se extrapole toda información de interés que permita ser una alternativa viable para dar soluciones en el proceso de adquisición de aprendizajes. Asimismo, contribuir con dar respuesta a las necesidades de los estudiantes conllevando al pleno desarrollo crítico- reflexivo, a los valores y lógicamente a explotar la creatividad, donde a través de juegos y mecanismos inteligentes se logre el escenario adecuado para un formal aprendizaje desde los primeros niveles, consiguiendo que al avanzar en edad y conocimiento el estudiante pueda desenvolverse de la mejor manera con base a los requerimientos señalados.

En este orden de ideas, es importante señalar que en la CRBV en el artículo 102, manifiesta la educación como un derecho humano y un deber social fundamental, además que el estado asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad.

En síntesis, resulta esencial el empleo de nuevos recursos para el logro máximo de saberes, dando paso a excelentes entornos de cooperación y a los ambientes pertinentes donde a través de las tecnologías se coadyuve en la formación desde los primeros niveles hasta lo sucesivo, sin embargo, se debe tener claro que es un proceso de capacitación constante tanto del participante como del facilitador que es quien llevará la batuta en búsqueda del  conocimiento, donde innovación, creatividad, reflexión, análisis, estrategia, desarrollo de potencialidades entre otros se fusionarán para combatir este gran desafío de una verdadera comunidad de aprendizaje con un amplio apoyo en las tecnologías.

Maestrante: Vicky Piña//CI. 18606645

Necesidades de Investigación 2011


Al hacer referencia a las necesidades de investigación para el año 2011 en Venezuela, es menester señalar las áreas que a tal efecto define el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación las cuales quedan englobadas en: ambiente, energía, telecomunicaciones, política y sociedad, educación, vivienda, hábitat y desarrollo urbano, seguridad y soberanía alimentaria; acotando que el orden no indica jerarquía, puesto que cada una de estas áreas antes mencionadas son de gran importancia para el desarrollo del país, y la investigación que se realice en torno a ellas es trascendental en pro de dicho cometido.
De este modo, es como el tema de las necesidades de investigación 2011, debe ir también acompañado de un aspecto clave, que es la pertinencia que se tenga al hacer investigación, dado que en países como Venezuela, si esto no se considera, no se estaría avanzando hacia el desarrollo, de allí que el postgrado en la nación constituya una herramienta muy valiosa, que estará adquiriendo en mayor medida tal rango, cuando la investigación se haga con pertinencia, a continuación se presenta un ejemplo, enfocado al área de la vivienda:
“Se encuentra el investigador en una región en la que los problemas que afectan a las viviendas, es producto de las arcillas expansivas sobre la cual están fundadas, agravándose en épocas de lluvia, donde este suelo colapsa, trayendo como consecuencia más visible el agrietamiento de las paredes. En base a esta situación surge la siguiente interrogante: ¿cuál cree usted, debe ser una de las líneas investigativas de las universidades de ingeniería civil, que hacen vida en esta zona? Y se espera coincidir con su respuesta: fundaciones sobre arcillas expansivas.”
Resulta inaceptable que los trabajos de investigación a nivel del área de vivienda, en el ejemplo anterior se alejen de tal línea investigativa, que hace resonancia a un problema que afecta  a las viviendas de los habitantes de la zona, es decir, no existiría pertinencia, y la contribución al desarrollo en esta área, sería prácticamente  nulo, dado que no se estaría haciendo nada, investigando sobre el modo de colocar más elegante las cerámicas en una casa, por citar un ejemplo.
Ahora bien, una vez establecido las principales áreas investigativas, y acotando lo indispensable que tiene que ser la pertinencia en este ámbito, se delimitará esta publicación específicamente al área de la educación, haciendo énfasis a la Maestría que desarrolla el autor, denominada Docencia para la Educación Superior. Es así como al analizar las definiciones que se le dan al término educación, es necesario recabar una serie de palabras claves como lo son  encaminar, dirigir, perfeccionar, mejorar las habilidades de las personas hacia un nivel profesional, constituyendo esto un proceso en el que la participación del docente es trascendental, en los variados ámbitos educativos que se esté trabajando.
Sin embargo es a nivel de Educación Superior donde la investigación cobra fuerza, como se analizó en el ejemplo anterior, por lo que resulta necesario hacer un breve análisis del enfoque que le da el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Innovación a esta área, en relación a las necesidades investigativas 2011, señalando los puntos de mayor interés a juicio del autor.
Dicho enfoque está representado, por los procesos de educación y aprendizaje (sub-área), en el cual entran en juego líneas estratégicas como la calidad y retención del sistema educativo, pedagogía crítica, procesos de educación y aprendizaje en cuestión, estableciéndose como principales necesidades de investigación, currículum y formación docente, procesos comunitarios de educación y aprendizaje, educación de jóvenes y adultos respectivamente. Vale señalar que dentro de este enfoque también se encuentra la sub-área de tecnologías educativas, cuya necesidad de investigación radica precisamente en el desarrollo de  tecnologías sociales y físicas para esta área en estudio.
En este orden de ideas, se puede observar la forma como la educación es abordada en cuanto a las principales necesidades investigativas, donde destaca en primera instancia el currículum de nuestras universidades, es decir, ¿está cónsono a las necesidades de la sociedad, para impulsar el desarrollo científico, tecnológico, económico de la misma? ú  ¿ocurre como el ejemplo anterior, en el cual en lugar de estar investigando sobre las arcillas expansivas, se está es preocupado en la forma de colocar las cerámicas en una casa?; un par de interrogantes que llevan sin duda alguna a la reflexión, y que hacen de este punto una necesidad de investigación.
Ahora bien, la formación docente no se puede pasar por alto, sobre todo en estos momentos en los cuales la educación ha experimentado una masificación en toda la extensión de la palabra, siendo necesario compensar cantidad con calidad; por lo que a manera de reflexión se puede presentar esta interrogante, ¿están preparados los docentes de nuestras universidades no sólo a nivel del conocimiento de una determinada materia sino a nivel pedagógico para afrontar tal reto?, representando esto la génesis de esta necesidad investigativa, es decir la formación de docentes.                                                                                                                                                   
Una formación de docentes, que debe ir acompañada de los nuevos enfoques dados a las teorías del aprendizaje, donde se le apueste a una visión ecléctica del proceso, es decir, utilizando los aspectos más relevantes de las teorías conductuales y las teorías cognoscitivas, en la aplicación de las nuevas técnicas de aprendizaje que se han desarrollado en los últimos tiempo, que tienen como premisa la utilización del cerebro en su totalidad, a través de teorías como cerebro triuno, inteligencia múltiples, inteligencia espiritual y emocional, y técnicas como la programación neurolingüística. En pleno siglo XXI en el cual nos encontramos el aprendizaje no puede deslindarse de este carácter holístico, dado que el ser humano es un ser bio-psico-social.
Y así muchas ideas investigativas que tienen como norte solventar las necesidades en las diversas áreas estudiadas, siendo importante el programa de estímulo a la innovación e investigación, para la persona que afronta este hermoso reto, la cual debe tener presente que la investigación que se realice ha de ser, una investigación con pertinencia.
Por Elías Jesús Santana*
Ingeniero Civil
Maestrante Docencia para la Educación Superior U.N.E.R.M.B
Cátedra: Diseño de Proyectos de Investigación
Santa Ana de Coro, 06 de junio de 2012



La Misión Sucre

            El Sistema Educativo en Venezuela desde 1999 hasta la actualidad, en el marco de un nuevo sistema de gobierno y una nueva constitución, ha tenido diversas transformaciones, en especial, en la educación superior con el incremento de la masificación y la expansión de la educación publica.  Sin duda,  el número de matrícula en las instituciones públicas ha aumentado considerablemente desde el inicio del actual gobierno, con la ejecución de políticas que han flexibilizado el acceso a la educación superior, tales como la creación de nuevas instituciones, la eliminación de requisitos de ingreso y métodos de selección como la Prueba de Aptitud Académica  y el desarrollo de la municipalización a través de la Misión Sucre.
     Lo anterior resulta interesante, porque se puede observar que en materia educativa, existen importantes avances que han podido minimizar la problemática de acceso a la educación superior que durante tantos años afectó a la población venezolana. Como sabemos, la crisis económica, política y social que se vivió el país en las décadas de los 80 y 90 afectó considerablemente el presupuesto educativo, y esto a su vez redujo las oportunidades de estudio para los jóvenes, quienes al no ser admitidos en el sistema quedaban relegados como población flotante. 
            Es por ello, que la Misión Sucre en particular, constituye un impulso a la educación gratuita y obligatoria, para todos aquellos que habían  sido excluidos por las políticas del sistema escolar venezolano de las décadas pasadas. Gracias a este programa muchos jóvenes venezolanos han podido acceder a  los Institutos y colegios universitarios, y en buena parte de las universidades nacionales expe­rimentales, en una labor conjunta con las autoridades y comunidades de estas instituciones. De este modo, se aprecia que una de las premisas fundamentales de la misión sucre es la inclusión social, y se debe indicar, que al generar mayor ingreso a las universidades a todos aquellos que por distintos motivos no formaban parte del nivel superior,  se cumple con los  principios, derechos y deberes reconocidos y consagrados en la Constitución nacional, así como en la Ley Orgánica de Educación.
            Además, con la erradicación de la prueba de actitud académica se generó un cambio muy importante a nivel educativo, ya que las nuevas teorías de aprendizaje han demostrado que no se debe medir la inteligencia únicamente en base a las capacidades lógicas, matemáticas y lingüísticas. Se trata entonces, de valorar las distintas habilidades que posee el individuo y que indican determinada vocación hacia una carrera en particular. Es por tal motivo, que en la actualidad se aplican pruebas vocacionales para guiar en cierta forma al estudiante sobre lo que desea estudiar.
            Sin embargo,  a través de la Misión Sucre no se aplican pruebas vocacionales sino que se lleva a cabo un Programa de Iniciación Universitaria, que viene a ser como un refuerzo de contenidos básicos de Lenguaje, Matemática y Ciencias sociales, considerando que los que acceden a este programa no sólo son jóvenes sino también personas adultas que por diferentes circunstancias nunca pudieron ingresar al sistema.
            De igual forma, la Misión Sucre también ha desarrollado la municipalización de la educación superior, que se inició en el 2003 y constituye una estrategia educativa implementada por el Estado, a través de la cual se extiende las actividades de las universidades a las comunidades.  Esto adquiere una gran impotancia, ya que dentro de este enfoque, el estudiante asume la construcción del saber y aborda problemas de la comunidad. Por lo tanto, debe estar dispuesto a desaprender, aprender a ser y convivir.  Esto permite que los estudiantes consoliden un sentido de pertenencia social con sus comunidades, es decir, que puedan reconocer que sus conocimientos pueden servir no sólo para su crecimiento profesional sino también para solventar las distintas carencias o  problemas que se presentan en su propio contexto.   
            Por su parte, el docente asume el rol de asesor, es capaz de compartir con los estudiantes y su principal misión en promover la formación integral.  Esto a su vez significa,  que el docente  debe estar motivado con su labor, así como ser capaz de relacionarse con su medio social y sobre todo ser  consciente de su responsabilidad con los estudiantes. De modo que, esta nueva modalidad de la enseñanza constituye un reto para los  docentes que ejercen su labor tanto en la Misión Sucre como en los programas municipalizados.
            Más que docentes, deben ser líderes educativos y proactivos que fomenten un aprendizaje de calidad tanto individual como colectivo que pueda servir a las comunidades. Pero, aquí se presenta una problemática, y es que los profesores no han sido formados para esta nueva modalidad educativa. Muchos de ellos no están preparados para trabajar con proyectos comunitarios y en otros casos requiere mayor disponibilidad de  su tiempo tomando en cuenta, las cifras altas de estudiantes que existen en las denominadas Aldeas Universitarias.
            En líneas generales se aprecia que el problema de la equidad en el acceso al sistema educativo se ha podido minimizar. Hoy en día, personas de todas las edades estudian una carrera universitaria y cada día acceden más jóvenes a las universidades.  No obstante, conviene reflexionar, que el tema de la masificación conlleva una serie de  implicaciones tanto en el aspecto educativo como a nivel social.
            El incremento de la matricula amerita estructuras físicas en mejores condiciones y por lo tanto un mayor financiamiento para la instituciones educativas. En el proceso de enseñanza, se requieren mayores horas dedicadas a la docencia debido a la cantidad de alumnos que tiene cada profesor (a)  por sección, trayendo como consecuencia que los docentes destinen menos horas a las actividades de extensión e investigación. Pero lo que más se resalta de esta problemática, es que no se ha tomado cuenta la calidad y pertinencia que debe tener tanto la masificación como la permanencia de los estudiantes en las universidades. Es decir, no se trata sólo de ingresar a la Educación superior, sino que se pueda permanecer en ella, y egresar satisfactoriamente.
            Resulta complejo entonces  hacer un análisis concreto sobre la misión Sucre. Esto sucede porque la información que se tiene desemboca directamente en lo político, incluso se cae en la polarización ideológica,  lo cual se evidencia más cuando se trata de profundizar en algún tema en particular que tenga que ver con este programa.  Sin embargo, se debe destacar que aunque la educación es un servicio público y en muchos casos depende del Estado, debe estar fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, y esta es una problemática de vieja data que se ha acentuado en nuestros días y que serán las nuevas generaciones las que puedan dar un nuevo giro en este camino.
Ante esta situación, las universidades se convierten en las herramientas claves para desarrollar el pleno ejercicio del individuo en una sociedad democrática. Por ello, es tan importante fortalecer el respeto a las diversidad ideológica, cultural y social, y de esta manera formar ciudadanos críticos, reflexivos, con un sentido de pertenencia, que puedan adaptarse satisfactoriamente a los continuos cambios que se dan en el mundo.

Licda. Enyl Zavala

Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovavión. (LOCTI) Tema: Competencias Básicas


     La Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (LOCTI) es un instrumento legal decretado por la Asamblea Nacional, que vincula y estimula la capacidad de innovación tecnológica del sector productivo y académico tanto público como privado.  La LOCTI,  es un reglamento de cumplimiento obligatorio en el sector empresarial. Esta tiene por objeto organizar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, orientar los principios y aplicaciones relacionados con esta ciencia, establecido en el artículo N° 4 de esta ley y  en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo N° 110. El SNCTI resulta de la integración de las instituciones púbicas o privadas que generen y desarrollen conocimientos científicos y tecnológicos, proceso de innovación y las personas que se dediquen a la planificación, administración, ejecución y aplicación de actividades que posibiliten la vinculación efectiva entre la ciencia, la tecnología y la sociedad. La Misión Sucre forma parte de este sistema que se encarga de participar a través de los centros de investigación y desarrollo de actividades públicas. El estado con el propósito de garantizar las oportunidades educativas de calidad para todos, creó la Misión Sucre con el objetivo de incorporar a la universidad a todos los bachilleres sin cupo que desean estudiar, conjugándose en esta Misión con la LOCTI los valores de la democracia participativa y protagónica, la justicia y la igualdad social. La Ley Orgánica de Ciencia Tecnología e Innovación también tiene por objeto en el artículo N° 1 dirigir la generación de los saberes populares y científicos para el pleno ejercicio de la Soberanía Nacional. La Misión Sucre  y las políticas públicas de la LOCTI están orientadas a solucionar problemas concretos de la sociedad, aspiran lograrlo con la articulación e integración de los sujetos en la construcción como ciudadanos, capaces de transformar la sociedad con la implementación del Plan Nacional de Desarrollo Económico Social de la Nación.
     Ahora bien, una de las principales características que define a la Misión Sucre es ser una práctica educativa innovadora que implemente y posibilite el desarrollo de competencias, actitudes cónsonas con los ejercicios de una ciudadanía responsable, con pensamiento crítico reflexivo, es por ello, que la LOCTI promueve la formación de cultores y cultoras con las competencias antes mencionadas para lograr la adquisición de conocimientos, principios y valores de la ciencia. En este sentido, toda política pública de este país está orientada a dar respuestas a las diferentes dimensiones contempladas en el Plan Nacional de Desarrollo Económico Social de la Nación, por lo que es necesario la construcción de un ciudadano que posea las competencias básicas, participe con creatividad, ponga a disposición sus intereses, actitudes y valores dirigidos a la adquisición de habilidades y destrezas  que conlleven a los actores a la toma de decisiones adecuada para la resolución de problemas.      
     Es oportuno señalar, que las competencias básicas antes mencionadas es el tema de la investigadora, observándose en las mismas una estrecha relación con la LOCTI. Estas potencialidades se podrán desarrollar en los espacios que la LOCTI promueve y establece en el artículo N° 17. Esto, ilustra el enlace que existe entre la LOCTI como instrumento legal y las competencias básicas que se generan a través del Programa, considerando que si esta institución no cumple con su objetivo primordial de formar ciudadanos que participen activamente en el quehacer educativo, éstos no podrán poseer las aptitudes que les permita conocer, comprender, analizar e interpretar adecuadamente esta ley para aplicarla en los diferentes aspectos que así se requieran.
     En otro orden de ideas, se tiene la convicción de que la educación es el elemento clave para incrementar la productividad, abatir la pobreza, lograr un desarrollo sostenible y una distribución más equitativa de los servicios que la sociedad genera. Para ello, se ha tratado de darle más poder al pueblo promoviendo desde sus contextos una cultura y estructura organizacional, además se ha debatido acerca de cómo el poder popular debe reaccionar y participar ante la incertidumbre para dar respuesta a los avances tecnológicos y sus aplicaciones.
     Asimismo, la Asamblea Nacional en su función rectora de crear y decretar leyes ha promulgado la LOCTI para fomentar espacios de investigación e innovación que considere necesarios para el logro de los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación y el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación e ir produciendo cambios transfomadores en los ciudadanos, instituciones, que aplican y hacen uso de esta ley. Considero que contribuye a difundir el conocimiento tecnológico e innovador al pueblo venezolano, quien desde la formación formal e informal debe preparse para que tenga dominio de la información, de una manera proactiva, inteligente y en consonancia con el bien común.          
      Conviene destacar, que la LOCTI, es una herramienta legal al servicio de los ciudadanos, permite la apropiación del conocimiento y la sinergia de los entes encargados de promover la preparación de las personas como seres reflexivos, emprendedores, autónomos, con sensibilidad humana, capaces de responder a las demandas de convivencias y a las demandas económicas. Es decir, es un marco coherente con las exigencias de las necesidades de la sociedad venezolana. Sin embargo, es importante reflexionar sobre la necesidad de desarrollar competencias básicas en los estudiantes para adaptarlos a los nuevos paradigmas, nuevas leyes, nuevos escenarios y nuevas tendencias culturales, científicas y tecnológicas, pues se observa con preocupación que las leyes muchas veces se desconocen por la poca divulgación y promoción, ocasionando irregularidad en la aplicación por el manejo inadecuado de la misma. 
     Finalmente, durante los últimos años, las directrices de las políticas educativas, en su esfuerzos por abordar el tema de la calidad, han introducido cambios en las concepciones sobre lo que deben potenciar las practicas pedagógicas universitarias. La idea, es convertir en propósito fundamental de la educación la formación de los alumnos para las complejas exigencias de las sociedades contemporáneas, promoviendo el desarrollo de competencias con el fin de ser ciudadanos integrales, capaces de comprender, analizar y aplicar cualquier basamento legal que impulse un desarrollo social en términos de equidad y ejercicio de la ciudadanía.

Licda: Eliana Sánchez

Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Aspectos Normativos sobre Educación. Relación con el tema, Deserción Estudiantil

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV),  fue aprobada mediante referendo constituyente, el 15 de diciembre de 1999, y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, el 20 de diciembre de 1999, (publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, Número 36.860).  El 15 de febrero de 2009, fue aprobada también por referendo la Enmienda Nº 1, con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua o indefinida.
En lo concerniente a Educación, nuestra carta magna promueve la obligatoriedad, gratuidad, democratización y el libre acceso al sistema educativo. El artículo 102, establece el “derecho humano a recibir educación democrática, gratuita y obligatoria”, a su vez “es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento”, dejando clara la responsabilidad del Estado, de garantizarla y promoverla a todos los venezolanos, con apoyo de las familias y la sociedad, en consonancia con los criterios de universalidad, ética y pertinencia social.
El artículo 103, establece que “toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades”, indicando nuevamente la obligación del Estado de garantizarla gratuitamente en todos los niveles, incluso pregrado universitario, y de crear y mantener instituciones, convenientemente dotadas “para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo”, y atender la creciente población que demanda el acceso.
En lo referido al sector universitario, la CRBV ha representado el marco legal conveniente para impulsar las transformaciones que en las universidades latinoamericanas se han venido gestando, expresadas actualmente por la creciente masificación. A pesar de los efectos positivos que dichas transformaciones han tenido sobre el desarrollo socio económico de los países, la masificación ha generado problemas de infraestructura y recursos insuficientes, dificultad para el desarrollo de las actividades docentes, de investigación y extensión, y un incremento de la tasa de deserción, repetición y abandono al incrementarse el ingreso de sectores sociales diversos, trabajadores, personas con discapacidad o de mayor edad; creándose una nueva composición estudiantil que muestra índices más elevados de repitencia y deserción; modalidades de recirculación (entrada y salida más frecuente), y un aumento de la duración de los estudios. 
El incremento de la matrícula y de las instituciones universitarias en Venezuela, ha sido duramente criticado y calificado por muchos observadores y analistas como un fenómeno de crecimiento cuantitativo, que ha conspirado con los niveles de calidad que exige todo servicio educativo y que establece la CRBV.   Es sencillo evidenciar que en las diferentes instituciones universitarias se ha garantizado el acceso a toda esta cantidad de estudiantes, sin contar muchas de ellas con un presupuesto que permita mejoras en su infraestructura y servicios, que garantice los recursos y equipos necesarios para el desarrollo de los contenidos curriculares, que posibilite la contratación a tiempo de un personal docente capacitado, y que promueva la permanencia de esa masa estudiantil en la institución.
El mayor compromiso del Estado es dar cumplimiento a todo lo establecido en la CRBV, es decir, atender no solo el acceso libre y gratuito a la educación, sino dotar a las instituciones educativas de la infraestructura, herramientas y recursos humanos, materiales y financieros, necesarios para garantizar la permanencia y culminación de los programas educativos.
Por otra parte el artículo 104, indica que “la educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica”, “en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión”, y cuyo ingreso, promoción y permanencia responda “a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica”; condiciones que hoy día se han visto mermadas, principalmente por el descontento generalizado que priva en el sector educativo, y más específicamente en el sector universitario, debido al incumplimiento en los ajustes salariales, a la inexistencia de un presupuesto justo que permita mantener al profesorado en constante formación, y suministrar los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades de docencia, investigación y extensión, y la burocracia que lamentablemente se evidencia en las contrataciones e ingreso de personal, que en algunos casos, no cuenta con la capacitación necesaria para desempeñar sus funciones.
El artículo 109, consagra “la inviolabilidad del recinto universitario” y “la autonomía universitaria como principio”, que permitirá a profesores, estudiantes y egresados, lograr el conocimiento científico, tecnológico y humanístico, para beneficio de la sociedad y la nación; incluso indica que las universidades experimentales podrán lograr dicha autonomía, facilitando a las universidades trabajar conjuntamente con sus comunidades, en proyectos de investigación que reporten ingresos económicos o materiales, para el sostenimiento de las propias investigaciones, el mejoramiento de la infraestructura, y el desarrollo de todas las actividades académicas y servicios prestados; no obstante se requeriría de un sistema de rendición de cuentas exhaustivo, transparente y confiable ante el gobierno, y los actores sociales, de manera que pueda evidenciarse un verdadero compromiso de los profesionales de la educación con la calidad académica, la ética, los valores, la pertinencia social y la transformación universitaria.
También el artículo 184, establece que “La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos,” promoviendo la transferencia de servicios en diversas áreas, entre ellas, educación, con lo que se apoya la territorialización (municipalización), que ha sido adoptada por algunas universidades, conjuntamente con las comunidades y autoridades de los municipios, para dar respuesta a la creciente demanda estudiantil, y brindar oportunidades a poblaciones que anteriormente no podían acceder a la educación.  Sin embargo, a este aspecto debe prestarse especial atención a fin de garantizar una educación integral y de calidad.
Como puede evidenciarse la CRBV, establece un marco legal que permite el desarrollo de estudios científicos para revelar la esencia de los problemas educativos, y aplicar las medidas o estrategias necesarias para corregirlos de manera integral, en el marco de proyectos institucionales formalizados, que aporten soluciones y resultados deseables.
Ing. Carmen Adriana Concepción de Curiel

martes, 5 de junio de 2012

Ley Orgánica de Educación 2009. (LOE)

    
     La vigente Ley Orgánica Educación fue publicada en Gaceta Oficial extraordinaria N° 5.929 de fecha 15 de agosto de 2009, con la cual se deroga la del 23 de julio de 1980. A continuación se presenta un análisis de  la LOE 2009, en algunos casos en contrastación con ciertos artículos de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (CRBV) puesto que a mi juicio ninguna ley puede estar por encima de esta, y mucho menos contradecirla. En este sentido; antes de entrar en materia educativa es conveniente enfatizar que en nuestro país para que una ley sea orgánica debe cumplir con el artículo 203 de la CRBV según la cual “Las leyes que la Asamblea Nacional haya calificado de orgánicas serán remitidas antes de su promulgación a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, para que se pronuncie acerca de la constitucionalidad de su carácter orgánico…” sin embargo, esto no se cumplió, razón por la cual la LOE 2009 ha recibido fuertes criticas.

     Ahora bien dejando atrás cuestiones jurídicas para entrar en materia educativa planteare los aspectos que a mi juicio considero como positivos y negativos de la mencionada  Ley Orgánica de Educación.
    
    En este sentido, entre los aspectos positivos esta:
  •  Se establece la responsabilidad de la familia  en la orientación y formación de principios(art.17), aspecto significativo, puesto que últimamente he visto a padres que se auto-convencen que la educación de sus hijos o representados es compromiso exclusivo de maestros y docentes, olvidando que todo cuanto ocurre en nuestro entorno familiar forma parte del aprendizaje y es en el entorno familiar donde afianzamos los valores que son el pilar fundamental de toda sociedad, en la medida en que nos eduquemos en los principios de honestidad, justicia y superación por el esfuerzo, en esa medida seremos profesionales exitosos  y aptos para aportar al desarrollo de la nación. 
  •  Plantea el desarrollo institucional y funcionamiento óptimo de las misiones, (Art.25)   que no estaba contemplado en la antigua ley, aspecto importante puesto que  estas han permitido el acceso a un gran número de personas al sistema educativo  que combinado con la territorialización de la educación universitaria (municipalización) ha facilitado  el acceso a la educación superior a una considerable población estudiantil que por diferentes razones entre ellas económicas no realizaban estudios universitarios, generando así espacios de apertura que facilitan la universalización de la educación.
  • Organiza la educación en nuestro país al establecer que el Sistema de Educación se divide  en subsistemas y al considerar a la educación universitaria como uno de ellos,(art.24) el cual comprende estudios de pregrado y postgrado,  lo que en mi opinión se traduce en que  la educación universitaria es parte de la formación integral del ciudadano, dando en cierto modo continuidad al proceso de formación de los individuos que forman parte del  sistema educativo, propiciando la apropiación del conocimiento.  
  •  Señala que la educación esta “abierta a todas las corrientes del pensamiento”  lo que le da un carácter de respeto a la pluralidad, y además  que  ésta se fundamenta en la doctrina bolivariana y en la de Simón Rodríguez, (art.14), principios compartidos por la inmensa mayoría de los venezolanos

En cuanto a aspectos negativos:

  • Establece que además de las familias el poder popular constituido por los consejos comunales está en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos, así como al fortalecimiento de sus valores éticos, (art.18) lo que a mi juicio crea suspicacia, puesto que en nuestra constitución no existe tal poder (consultar CRBV art.136), además no queda claro de que modo contribuirá tal poder en la formación de los ciudadanos, y a través de cuales mecanismos. En este mismo orden de ideas el artículo 15 plantea desarrollar una nueva cultura política fundamentada en la participación protagónica y el fortalecimiento del poder popular, lo cual considero ambiguo, debido a que como mencione anteriormente  tal poder popular no existe en la CRBV y además no especifica el significado ni alcance de esa nueva cultura política.
  •  Se establece un estado docente (art.6) que regula los procesos de ingreso, permanencia y ascenso de los profesionales del sector educativo en correspondencia con criterios y métodos de evaluación integral y contraloría social. Procesos que a mi juicio pueden traer como consecuencia que la selección del personal docente se realice de manera subjetiva y sin considerar que el mismo posea las competencias necesarias para cumplir con sus funciones, lo que puede conducir a desmejorar la calidad de la educación, esto aunado a que tales procesos  parecen contrariar lo establecido en el art.104 de la CRBV según el cual el ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, responderá a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.
  • No se considera  la formación de los ministros del culto, la cual se realiza en los seminarios, si bien es cierto que la LOE declara que la educación es laica y que es responsabilidad de la familia educar en valores religiosos, no podemos negarnos a que existen centros de educación religiosa que también deben ser amparados por una ley.

     Para los aspectos antes mencionados se consideraron algunos artículos de la LOE la cual constituye el  basamento jurídico del sistema de educación venezolano, sin embargo, esta  misma ley también contempla que los subsistemas de educación básica y educación universitaria se regirán por leyes especiales.   

     A manera general la LOE establece en su articulo 14 que “ La educación es un derecho humano y un deber social fundamental concebida como un proceso de formación integral, gratuita, laica, inclusiva y de calidad, permanente, continua e interactiva, promueve la construcción social del conocimiento…” lo cual he tomado como aspecto legal para  realizar una investigación que pretende establecer cual es la relación entre las actitudes de los estudiantes hacia la unidad curricular física y el aprendizaje alcanzado, con el propósito de mejorar el proceso enseñanza aprendizaje garantizando una educación con calidad tal como establece la LOE. 


Ing. David Pernalete Morales.

LOPNA 
El espectro autista es conocido el conjunto de síndromes que pueden presentan durante el desarrollo y el comportamiento los niños y niñas, y que resultan de ciertas combinaciones de rasgos autistas. Se le llama espectro por que su cuadro clínico no es uniforme, ni absolutamente demarcado, y su presentación oscila en un espectro de mayor a menor afectación; varía con el tiempo, y se ve influido por factores como el grado de capacidad intelectual asociada o el acceso a apoyos especializados. En pocas palabras, existen diversos niveles de espectro autista que va desde el autismo de kanner hasta el más alto espectro que es el síndrome de asperger.
En la actualidad conjuntamente con el desarrollo de las tecnologías, la globalización y la modernidad, nos enfrentamos a una diversidad de trastornos que presentan los niños durante su desarrollo y que están relacionados con los trastornos del espectro autista, que se refleja en  la realidad clínica y social que afrontamos. Por esta razones, es necesario que a la par de estas condiciones se fueran generando los medios legislativos necesarios para proteger y regular los aspectos concernientes a los niños que presenten trastornos del espectro autista que permitieran su desarrollo dentro de la sociedad, siendo la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) el cuerpo normativo ideal para ello.
Sin embargo, aunque la LOPNNA entro en vigencia en el año 2000 y fue modificada en el año 2007, no recoge en dentro de su cuerpo normativo un capitulo especifico donde se regule y se proteja a los niños y niñas con necesidades especiales como este tipo de trastorno. Es cierto que la Ley  reúne un conjunto de disposiciones idóneas y eficaces para la defensa y promoción de los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional como sujetos plenos de derechos, pero también es cierto, que no considero el hecho de que los niños con discapacidad presentan un conjunto de condiciones físicas y psicológicas que no les permiten desarrollarse de igual manera que un niño normal, por lo cual presentan necesidades especiales que debían ser reguladas de manera especifica para así garantizar su cumplimiento.
Es necesario señalar dos de los artículos de la LOPNNA, donde se hace mención específica de los niños con discapacidad o necesidades especiales. Uno de ellos es el artículo 29, donde se prevé que todos los niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales tienen todos los derechos y garantías consagrados y reconocidos por esa Ley, además de los inherentes a su condición específica.
 Ahora bien, vale la pena destacar ¿Cuáles son los derechos y garantías inherentes a la  condición específica de ser un niño con necesidades especiales? En realidad la LOPNNA no hace mención específica al respecto, lo cual hace pensar que solo los especialistas conocen esos derechos que devienen de esa necesidad especial. Entonces, ¿Como es posible que las familias y la sociedad puedan garantizar el desarrollo pleno de la personalidad de un niño con trastorno del espectro autista si no conocen los derechos inherentes a esa condición especial? Es allí donde la LOPNNA deja un primer vacío o laguna legal que debe solventar para así asegurar la participación activa de la familia y la sociedad en la garantía de estos derechos.
Por otro lado, el artículo 61, hace referencia a la educación de niños, niña y adolescente con necesidades especiales, estableciendo la obligación del Estado de garantizar modalidades, regímenes, planes y programas de educación específicos para ellos, asimismo señala el disfrute efectivo y pleno del derecho a la educación y el acceso a los servicios de educación de los niños con necesidades especiales.   
Sin embargo, ¿Es posible entonces en dos artículos regular todas las necesidades especiales que pueden presentar los niños con trastornos del espectro autista? Definitivamente no, la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes dejo una serie de interrogantes en cuanto a la regulación y protección de los niños y niñas con discapacidad, que permitan el desarrollo de los mismos dentro de la sociedad.
En  base a lo antes expuesto, resultaría pertinente que en la LOPNNA se regulen aspectos tan necesarios como la inclusión o no de los niños y niñas en una escuela convencional o especial y que va a depender del grado de necesidad que tenga el niño; el Régimen de convivencia familiar en los casos de separación de los padres cuando el niño presenta algún tipo de discapacidad; la obligación de manutención, que en los niños con necesidades especiales requieren un aumento considerable por el tipo de atención; la patria potestad del niño que debe depender del tipo de necesidad que presente; entre otros muchos derechos y necesidades que tienen los niños y niñas que presentan trastornos del espectro autista y que por lo tanto necesitan especial y especifica regulación que asegure su cumplimento por parte del Estado, la familia y la sociedad en general.
En pocas palabras, la actualidad nos exige que la LOPNNA adecue su  normativa interna a las necesidades de los niños con discapacidad o con trastornos de espectro autista. Donde los corresponsables (Estado, familia y sociedad) brinden protección integral y garanticen que los niños y niñas con discapacidad gocen de los derechos inherentes a su condición sin discriminación alguna, tal como lo establece el artículo 3 de la mencionada Ley.




                                                                                                 MAESTRANTE: Ysaida Diaz